ONGs Venezolanas solicitan se modifique parte del Código Orgánico de Justicia Militar

IMG-20170322-WA0049 Cuando se cumple ya un mes y dos días de la arbitraria detención del profesor universitario Santiago Guevara, al menos 22 Organizaciones No Gubernamentales venezolanas solicitan se reforme parte del Código Orgánico de Justicia Militar a través de un comunicado oficial donde además advierten sobre el delicado estado de salud del profesor de la Universidad de Carabobo (UC) debido a patologías que padece desde antes del momento de su detención y las cuales, según información recabada, no están siendo atendidas de manera correcta.

Patologías existentes

El profesor Santiago Guevara padece de hipertensión arterial, sufre de colon irritable y de espondilitis anquilosante, una enfermedad autoinmune crónica con dolores y endurecimiento paulatino de las articulaciones y que puede afectar los ojos y órganos internos como pulmones, riñones y corazón. Por otra parte, su madre, una señora de 84 años, está viéndose gravemente afectada dado que depende emocional, física y económicamente de su hijo.

El derecho a la vida y la salud prela ante cualquier posición ideológica

Tomando en cuenta la edad del profesor y además las patologías que lo aquejan se hace imperante la necesidad del cumplimiento a cabalidad del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde se establece “La libertad personal es inviolable, en consecuencia toda persona será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la Ley y apreciados por el Juez o Jueza del caso”, sumado a esto el hecho de que aunque ya tiene mas de un mes detenido todavía no se conocen los avances del caso.

IMG-20170322-WA0048


Las organizaciones no gubernamentales antes señaladas solicitan que se le permita el acceso a la salud y que sea tratado por sus médicos de confianza, también que se derogue o sea desaplicado judicialmente el numeral 2 del artículo 123 del Código Orgánico de Justicia Militar, referido a la extensión del ámbito jurisdiccional militar a civiles, por ser inconstitucional y contravenir los principios y la jurisprudencia internacionales de derechos humanos en esta materia, esto relacionado al hecho de que se conoce a ciencia cierta que el Profesor se encuentra recluido en la Dirección General de Contra Inteligencia Militar (DGCIM), recinto que además es de alta seguridad y se encuentra resguardado fuerte y ampliamente por funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Donde no se le permiten, sólo pueden realizarlas el Fiscal designado por el Ministerio Público y su(s) abogado(s) debidamente juramentado(s) por el Tribunal.

Exigencias

Exigen la liberación del profesor Santiago Guevara, y nuevamente instan al Estado respetar las libertades de opinión, expresión y académica; el derecho al debido proceso y exigen el cese de las represalias hacia las comunidades académicas y científicas que expresan su pensamiento independiente

Prensa Aula Abierta Venezuela

LLAMADO AL DEFENSOR DEL PUEBLO, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, PODER JUDICIAL Y A LA ASAMBLEA NACIONAL A UN MES DE LA DETENCIÓN DEL PROFESOR SANTIAGO GUEVARA

El 21 de marzo de 2017 cuando se cumple un mes de la arbitraria detención del profesor de la Universidad de Carabobo Santiago Guevara queremos llamar la atención sobre sus condiciones de salud y las dificultades que padece en relación al acceso a sus medicamentos. El profesor Santiago Guevara padece de hipertensión arterial, sufre de colon irritable y de espondilitis anquilosante, una enfermedad autoinmune crónica con dolores y endurecimiento paulatino de las articulaciones que puede afectar los ojos y órganos internos como pulmones, riñones y corazón. Por otra parte su madre, una señora de 84 años, está viéndose afectada dado que depende emocional, física y económicamente de su hijo el profesor. El artículo 44 Constitucional establece que: La libertad personal es inviolable, en consecuencia “toda persona será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la Ley y apreciados por el Juez o Jueza del caso”.

Santiago Guevara, recluido actualmente en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar, en Caracas, D.C., está siendo juzgado por tribunales militares. El Comité de Derechos Humanos de la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos coinciden en cuestionar la independencia e imparcialidad de los tribunales militares, señalando que no proporcionan las garantías estrictas para la adecuada administración de la justicia, de conformidad con las exigencias legales establecidas en los pactos de derechos humanos internacionales, que son fundamentales para la eficaz protección de los derechos humanos. El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias expresó en un informe de 1999, que de subsistir alguna forma de justicia militar, esta debería declararse incompetente para juzgar a civiles, expresando su preocupación por haberse “enfrentado con actos arbitrarios cometidos por la justicia militar en numerosos países”.

El centro de detención del profesor Santiago Guevara no cumple los estándares internacionales establecidos en las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos. Aunque el profesor ha tenido ya cuatro crisis de salud estando detenido, no existe un Libro de Novedades en el cual se hayan registrado dichas crisis, al cual puedan acceder sus abogados. No se le permite acceso a la luz solar, ni recibe una dieta adecuada.

La detención del profesor Santiago Guevara engrosa una ya larga lista de atentados contra la universidad y la comunidad académica de nuestro país. Las agresiones a la libertad académica son ataques a la libertad de pensar críticamente, intercambiar ideas y generar conocimiento para el desarrollo.

Ante esta grave situación las organizaciones que suscriben solicitan:

 Que se le permita el acceso a la salud y que sea tratado por sus médicos de confianza. Cabe recordar que el derecho a la vida y la salud prela ante cualquier posición ideológica y el Estado está obligado a respetarlo y garantizarlo

 Que se derogue o sea desaplicado judicialmente el numeral 2 del artículo 123 del Código Orgánico de Justicia Militar, referido a la extensión del ámbito jurisdiccional militar a civiles, por ser inconstitucional y contravenir los principios y la jurisprudencia internacionales de derechos humanos en esta materia.

Las organizaciones que suscriben, manifiestan su profunda preocupación ante la violación de derechos humanos inherentes a la democracia como la libertad académica y la libertad de expresión en el caso comentado y hacen un llamado también ante la violación de otros derechos del profesor Santiago Guevara: salud y debido proceso especialmente.

Exigimos a las autoridades venezolanas la liberación del profesor Santiago Guevara. Les instamos a respetar las libertades de opinión, expresión y académica; el derecho al debido proceso y exigimos el cese de las represalias hacia las comunidades académicas y científicas que expresan su pensamiento independiente.

¡JUSTICIA PARA EL PROFESOR SANTIAGO GUEVARA!

 Universidad de Carabobo

 Acción por la Libertad

 Asamblea de Educación

 Asociación Civil María Estrella de la Mañana

 Asociación de Profesores de la Universidad Simón Bolívar – APUSB

 Aula Abierta Venezuela

 Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana – CDH-UNIMET

 Centro para la Paz y los Derechos Humanos “Padre Luis María Olaso” de la Universidad Central de Venezuela

 Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía – CODEHCIU

 Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia

 Comisión Nacional Derechos Humanos de la Federación de Colegio de Abogados de Venezuela – CDDHHFCAV Capitulo Táchira

 Espacio Publico

 EXCUBITUS Derechos Humanos

 Fundación CELTA

 Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela – FAPUV

 Fuerza Unión Justicia Solidaridad y Paz – FUNPAZ

 Fundación Ángeles Chiquinquireños

 Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes

 Observatorio Venezolano de la Salud

 Scholars At Risk Network

 Sociedad Hominis Iura

 Una Ventana a la Libertad

1 respuesta

  1. 17 mayo, 2017

    […] ONGs Venezolanas solicitan se modifique parte del Código Orgánico de Justicia Militar […]

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *