Crónica de la designación inconstitucional de Clotilde Navarro como Vicerrector Administrativo de LUZ
Durante el año 2019, se realizaron múltiples atropellos en contra de la autonomía de las Universidades Públicas en Venezuela por parte del gobierno de facto y autoridades del Poder Público, a través de prácticas como la asfixia presupuestaria, decisiones del Poder Judicial que intervienen la gestión, funcionamiento y la designación de las autoridades universitarias, entre otras situaciones.
Entre alguno de los episodios que se suscitaron durante el año 2019, ocurrió la designación inconstitucional del profesor Clotilde Navarro, como vicerrector administrativo de la Universidad del Zulia realizada por el Consejo Nacional de Universidades (CNU), en violación de la autonomía universitaria y Ley de Universidades vigente.
El Consejo Universitario (CU) de la Universidad del Zulia (LUZ) emitió un comunicado el 10 de Diciembre de 2019, donde acordó ratificar la designación de la Dra. María Artigas como Vicerrectora Administrativa, según acto administrativo ejecutado el 2 de julio de 2018 y rechazó categóricamente el ataque a la autonomía universitaria por parte del CNU en contra de la Universidad del Zulia. A continuación se presenta un resumen ejecutivo desarrollando esta situación:
Injerencias del Ejecutivo Regional en la imposición arbitraria de las autoridades administrativas de la Universidad del Zulia:
Procuradora del Estado Zulia promueve la toma ilegal del despacho del Vicerrectorado Administrativo.
El día lunes 20 de Enero de 2020, el profesor Clotilde Navarro se dirigió al edificio del rectorado de la Universidad del Zulia (LUZ) con la finalidad de tomar posesión forzosa del despacho del vicerrectorado administrativo, la cual se encontraba cerrada por el llamado de desincorporación por parte de los gremios sindicales debido a las condiciones de falta de pago.
En este sentido, Navarro en compañía de la Procuradora del Estado Zulia, Rebeca del Gallego, y el Secretario de Estado para la Asistencia Integral al Profesor Universitario y de Estudio de Cuarto Nivel del Estado Zulia, Temístocles Cabeza, decidieron dirigirse hasta la oficina de la rectora encargada, Judith Aular, asegurando que Clotilde Navarro iba a tomar el vicerrectorado administrativo debido a que estaba facultado a través de la designación publicada en Gaceta Oficial No. 41.790 del 30 de diciembre de 2019.
Preocupa además, que la Procuradora del Estado Zulia, Rebeca del Gallego Turgerman, consignó en el mismo acto un escrito con rubricado con el escudo de la Universidad del Zulia (sin autorización debida según informó en exclusiva al equipo de Aula Abierta el encargado de la coordinación del despacho del vicerrectorado administrativo legítimo, José Delgado) y rubricado igualmente con el escudo de la Gobernación del Zulia, suscrito por el secretario mencionado y el profesor Navarro, donde se afirma que actúan con el propósito de dar “estricto cumplimiento a los lineamientos emanados por el Gobernador del Estado Zulia, Economista Omar Prieto, en la instalación de la nueva autoridad universitaria”, pretendiendo ejecutar un acto administrativo viciado de nulidad absoluta al violentar el contenido del artículo 109 de la Constitución Nacional, el artículo 9 y otros de la Ley de Universidades vigente (1970).
En exclusiva para Aula Abierta, José Delgado, encargado de la Coordinación del despacho del vicerrectorado administrativo aseveró sobre los hechos que: “Nosotros como universitarios debemos cerrar filas para cubrir y proteger estas decisiones del Consejo Universitario (con respecto a la designación del Consejo Universitario de María Artiga como vicerrectora administrativa), que quien tenga una objeción que hacer, que cubra las vías legales que están establecidas pero ni por la vía de la fuerza, ni por la vía de la intimidación, ni de la imposición, nosotros vamos a aceptar una decisión que no está apegada a derecho(…)”.
Ante esta situación, la Rectora encargada les explicó que era el Consejo Universitario quien era el competente para tomar la última decisión, de conformidad con el artículo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 9 de la Ley de Universidades así como normas internas de la Universidad del Zulia.
Sin embargo, Navarro insistió en tal medida que obligaron a llamar a la vicerrectora administrativa María Artiga, a través del teléfono de Aular, donde además, se le fue arrebatado por la propia Procuradora que lanzó una serie de amenazas donde indicaba que Artiga se debía de apersonar para hacer entrega de la oficina, ya que Navarro debía de sentarse en la silla del vicerrectorado.
Posteriormente, la vicerrectora administrativa Artiga, al contestar la llamada les indicó era ella la vicerrectorado encargada por la designación que el propio Consejo Universitario le otorgó y solo este último era el que decidiría si permanecía en el cargo o no, considerando que dicha acta de la cual Clotilde se sustentaba no tenía ningún argumento legal valido.
Navarro al igual que la Procuradora, continúo insistiendo al punto que intentaron forcejear las puertas de la oficina para acceder . Sin embargo, se apersonó el apoderado legal de LUZ, Silvestre Escobar, el cual logró aclarar la situación de ilegalidad que no resultaba procedente sobre la designación arbitraria y que dio como fin, el retiro por parte de Navarro, la Procuradora y demás sujetos de la Gobernación de las inmediaciones de la Universidad.
Estas irregularidades han sido denunciadas por diversas autoridades administrativas y académicas de la Universidad del Zulia, entre ellas, la profesora Molly Gonzales, Presidenta de la Asociación de Profesores Universitario del Zulia que en exclusiva al equipo de Aula Abierta nos indicó sobre el acta que: “carece de toda pertinencia legal, moral (…) hay una intromisión descarada de quien ocupa la Gobernación del Estado Zulia.” . Además aseveró sobre la entrega del documento por parte de la Procuradora que: “La Procuradora General del Edo Zulia, tiene competencias para el Estado Zulia y nosotros somos entes estatales, las universidades somos entes estatales, es decir, dependen del Estado, no dependen de la región, asi que poco o nada, ni la Procuradora, ni el sello, ni el membrete de ese documento (…) tienen absolutamente nada que ver con la administración universitaria (…)”.
Intento de imposición del profesor Clotilde Navarro ante sesión ordinaria del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia del 22 de enero de 2020:
El día miércoles de 22 de Enero de 2020, aproximadamente a las 11 de la mañana, en las inmediaciones de la Facultad de Agronomía de la Universidad del Zulia, Clotilde Navarro se apersonó, en conjunto con diversas personas afectas al gobierno de facto y acompañado del Tribunal Decimo Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maracaibo del Estado de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia , exigiendo se le permitiera su entrada y participación en la sesión ordinaria del Consejo Universitario que se estaba desarrollando.
Ese mismo día, Navarro dio unas declaraciones donde indicaba que se debía discutir sobre la autonomía universitaria y reflejó un discurso de carácter político partidista al afirmar: “Si vamos a hablar de las autonomía, es gracias a Chávez, que le debemos las autonomía de las Universidades”.(…) “Ellos (las autoridades universitarias vigentes), son los que están representando a la derecha”. Adicionalmente afirmó: “Yo soy el vicerrector administrativo sobre cualquier situación (…)”.
A pesar de las situaciones descritas, el Consejo Universitario logró sesionar y produjo un acuerdo donde condenó el intentó de designación arbitraria de Clotilde Navarro afirmando: “ Que la decisión asumida por el Consejo Nacional de Universidades de designar un Vicerrector Administrativo para la Universidad del Zulia sin tener la competencia atributiva para ello, de acuerdo a la Ley de Universidades infesta la misma de nulidad absoluta a tenor de los dispuesto en el artículo 19 numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos; porque además el órgano que tomó la decisión no interpretó adecuadamente la norma que le sirvió de base para ello, sino que además tampoco constató la existencia de todos los supuestos de hecho del caso concreto, ni tampoco analizó la forma en que estos concordaban con la norma y los presupuestos de derecho, para finalmente conducir al acto administrativo. Ello conduce al quiebre de la firmeza y la irrevocabilidad del acto administrativo y configura un abuso o exceso de poder”.
En consecuencia, decidió: “1. Rechazar categóricamente la designación del profesor Clotilde Segundo Navarro como Vicerrector Administrativo de LUZ, por parte del Consejo Nacional de universidades, habida cuenta que el mismo no tiene la competencia atributiva para tal designación y además porque no se cumplió con la mayoría calificada exigida en el artículo 18 del reglamento interno del Consejo Nacional de universidades para su aprobación. 2. Ratificar la designación por parte del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia de la doctora María Auxiliadora Artigas Barrios, titular de la cédula de identidad No. 10.398.434 como Vicerrectora Administrativa de la Universidad del Zulia hasta tanto no se realice la elección del nuevo titular de ese cargo”.