Aula Abierta, universitarios y organizaciones de la sociedad civil rechazan ataques contra la autonomía de LUZ y sus autoridades

Organizaciones de la sociedad civil, junto a la comunidad universitaria venezolana, manifiestan su profunda preocupación y rechazo a la designación inconstitucional y arbitraria del profesor Clotilde Navarro como Vicerrector Administrativo de la Universidad del Zulia (LUZ), ejecutada por el Consejo Nacional de Universidades, que no tiene las competencias para ejecutar dicha acción.

Además, condenan las persecuciones contra autoridades de LUZ, especialmente la Rectora (E), Judith Aular de Durán, quien ha sido amenazada por un tribunal zuliano de recibir una sanción de hasta 15 meses de prisión si no acata la designación de Navarro, lo cual no le compete pues ésta es una responsabilidad directa del Consejo Universitario.

Los ataques contra las universidades son una política de Estado del Gobierno de facto desde hace más de una década. De hecho, Aula Abierta ha documentado que el Poder Judicial ha ejecutado más de 50 decisiones que vulneran la autonomía universitaria.

Aula Abierta rechaza estos ataques y recuerda que las universidades son el centro del pensamiento crítico de una nación, por lo cual no puede haber democracia ni futuro si las casas de estudio superior no son autónomas.

A continuación, se lee el comunicado.

DESACATO: HERRAMIENTA DEL PODER JUDICIAL CONTRA AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA PARA IMPONER VICE-RECTOR ADMINISTRATIVO

Organizaciones de la sociedad civil junto a la comunidad universitaria venezolana manifiestan su profunda preocupación y rechazo a la designación inconstitucional y arbitraria del profesor Clotilde Navarro como Vice-Rector Administrativo de la Universidad del Zulia (LUZ) y la amenaza con pena de prisión entre seis (6) a quince (15) meses contra la Rectora de esta casa de estudios, Judith Aular de Durán.

A finales del 2019, el Consejo Nacional de Universidades (CNU) en violación de la autonomía universitaria garantizada en el artículo 109 de la Constitución venezolana (1999) y la Ley de Universidades (1970) vigente, designó de forma arbitraria al profesor Clotilde Navarro como Vice-rector Administrativo de LUZ, contrariando sus atribuciones previstas en el artículo 20 numeral 15 de la ley, porque solo puede designar de forma interina a quienes vayan a asumir cargos “en los casos de falta absoluta del Rector y los Vice-rectores, o de más de la mitad de los miembros del Consejo Universitario”; es decir, el supuesto de ley es la ausencia absoluta de las autoridades universitarias y no de un solo vice-rector. Además, no se cumplió con la mayoría calificada exigida en el artículo 18 del reglamento interno del Consejo Nacional de universidades para su aprobación y el Consejo Universitario (CU) de LUZ el 2 de julio de 2018 había designado a la Dra. María Artigas como Vice-Rectora Administrativa y la ratificó el 22 de enero 2020, hasta tanto no se realice la elección del nuevo titular de ese cargo y rechazó el ataque a la autonomía universitaria por parte del CNU.

Igualmente, la ley de universidades en su artículo 9 numeral 3, garantiza la autonomía administrativa de las universidades, teniendo potestad “para elegir y nombrar sus autoridades y designar su personal docente, de investigación y administrativo”. Esta elecciónse debe realizar mediante procesos electorales, los cuales se han visto impedidos por las actuaciones del Poder Judicial.

Considerando las actuaciones arbitrarias presentadas, por ejemplo el 20 de Enero del 2020, Navarro en compañía de la Procuradora del Estado Zulia, Rebeca del Gallego Turgerman se acercaron a la sede rectoral de la universidad para tomar “posesión del cargo”, pretendiendo ejecutar unos actos administrativos viciados de nulidad absoluta (designación publicada en Gaceta Oficial No. 41.790 del 30 de diciembre de 2019 y un documento emanado de la Gobernación del Estado Zulia). En dicho acto la Procuradora manifestó que actuaban con el propósito de dar “estricto cumplimiento a los lineamientos emanados por el Gobernador del Estado Zulia, Omar Prieto, en la instalación de la nueva autoridad universitaria” y mediante amenazas intentaron forcejear las puertas de la oficina para acceder. Rechazamos que el 22 de enero de 2020, en las inmediaciones de la Facultad de Agronomía de la Universidad del Zulia, Clotilde Navarro se apersonara acompañado del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la circunscripción judicial del estado Zulia, exigiendo se le permitiera su entrada y participación en la sesión ordinaria del Consejo Universitario que se estaba desarrollando.

Considerando que el 11 de febrero del 2020 funcionarios del Equipo de Respuesta Especial (ERE), adscritos a la Gobernación del Zulia, entregaron citación penal a varios decanos y representantes del Consejo Universitario de LUZ. Rechazamos esta medida de amedrentamiento contra Judith Aular de Durán, Rectora (E); Marlene Primera, Vicerrectora Académica (E); Ixora Gómez, Secretaria (E); José Manuel Rodríguez, Decano Veterinaria; Mary Carmen Rincón, Decana de Odontología; Mario Herrera, Decano de Ingeniería; Beatriz González, Decana de Ciencias; e Iván Cañizales, Decano de FACES. 

Mayor preocupación genera que el 12 de febrero de 2020, el Juzgado Superior Primero Estadal del Contencioso Administrativo de la circunscripción judicial del estado Zulia le envió un oficio a la Rectora (E) Aular, ordenándole acatar un amparo constitucionalintroducido por Navarro. Si Aular no acata la decisión, expresa dicho acto, incurriría en “desacato judicial”, cuya consecuencia es prisión de seis (6) a quince (15) meses. Pero el amparo es inejecutable porque no cumple con los requisitos de fondo y forma, ya que se dirige directamente a la Rectora (E), quien no se encuentra en una posición de superior jerárquica sobre el CU, pues este órgano es el único con competencia para la designación de autoridades universitarias. Rechazamos la política del Estado de utilizar la figura del desacato como herramienta del Poder Judicial contra autoridades de la Universidad del Zulia.

En este sentido, la Asamblea Nacional en comunicado emitido el 14 de febrero del 2020, ha expresado: “Alzamos nuestra voz en contra de los atropellos cometidos por agentes de seguridad del estado Zulia, las pretensiones de la procuradora del estado en forzar una entrega de la oficina del Vicerrectorado Administrativo y el recurso de amparo emitido el 12 de febrero del presente año en contra de la Rectora (E) Judith Aular de Duran…”. Igualmente, la Asamblea señala al Gobierno de facto: “le hacemos responsable por lo que pueda ocurrirle a la Rectora de la Universidad del Zulia o cualquier otra autoridad que se oponga a la orden forzosa de hacer cumplir la designación realizada ilegalmente por el Consejo Nacional de Universidades”.

Las organizaciones que suscribimos el presente pronunciamiento rechazamos la existencia de estas situaciones, las cuales evidencian una política intervencionista en el gobierno universitario por parte de agentes del Estado, dirigido a vulnerar la autonomía universitaria y la libertad académica con el fin de silenciar a las universidades como principal espacio de generación del pensamiento crítico en las democracias. En este sentido, exigimos el cese de la persecución contra las universidades y actores universitarios por su rol de críticos y pilares de la democracia.

Suscriben:

Acceso a la Justicia.

Asociación Civil Convite (Convite A.C.).

Aula Abierta.

Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA).

Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (CADEF).

Centro de Animación Juvenil.

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana (CDH UNIMET).

Centro de Investigaciones de Derechos Humanos de la Universidad Yacambú.

Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela.

Centro Thatcher capítulo Venezuela.

Ciclovías Maracaibo.

Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia.

Comité de Derechos Humanos de la Guajira.

Comisión de Justicia y Paz de la Iglesia de Ciudad Guayana.

Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del Estado Táchira.

Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del Estado Lara.

Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (CODHEZ).

Epikeia Observatorio Universitario de Derechos Humanos.

EXCUBITUS Derechos Humanos en Educación.

Federación Nacional de Estudiantes de Derecho de Venezuela (FENEDE).

Fundación Agua clara.

Juventudes de Voluntad Popular.

Justicia y Paz OP Venezuela, A.C.

Movimiento Estudiantil Juntos UC 1958.

Movimiento Estudiantil UAMISTAS-UAM.

Movimiento Independiente de la Escuela de Archivología y Bibliotecología MIEBA UCV.

Movimiento Vinotinto.

Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes (ODDHHULA).

Proyecto 860 de Táchira.

Proyecto RedDes UCLA.

Sindicato de Trabajadores de las Telecomunicaciones del Estado Zulia (S.T.T.Z).

Sinergia, Red Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil.

Transparencia Venezuela-Capitulo Zulia.

Una Ventana a la Libertad.

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