Pronunciamiento de ONGs venezolanas ante la criminalización de la protesta en Venezuela 

IMG-20170405-WA0043Aula Abierta Venezuela, el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes, la Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia, el Centro para la Paz y los Derechos Humanos Padre Luis María Olaso de la Universidad Central de Venezuela, la Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía (CODEHCIU), el Proyecto Extensión de Visibilización, Educación y Exigibilidad de los Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Carabobo, Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana (CDH-UNIMET) y Scholars At Risk Monitor, lanzan carta abierta sobre la gravedad de las acciones acaecidos en las protestas venezolanas de los últimos días.

Semana de protestas

Desde las sentencias  Nº 155, 156, 157, y 158 fueron dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, quebrantaron el hilo constitucional y el Sistema Democrático Venezolano, se han suscitado una serie de protestas pacíficas a lo largo de todo el país siendo llevadas a cabo por estudiantes, sociedad civil y algunos sectores políticos, todas bajo la consigna de la paz y el derecho constitucional a la protesta pacífica consagrado en el Artículo 53 donde se garantiza que Toda persona tiene el derecho de reunirse pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos se regirán por la ley.

Sin embargo, por parte del gobierno las trabas han sido fuertemente impuestas para el normal desenvolvimiento de dicho derecho, incurriendo en la violación de muchos otros. Todo comienza por la violación del Artículo 68: Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.

Violaciones a los Derechos Humanos 

En el Capítulo III de la Constitución Nacional sobre los derechos civiles, se reafirma el derecho a la vida como derecho fundamental, base para disfrutar y ejercer los demás derechos. Artículo 43: El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna podrá aplicarla.

Considerando que existen ya una gran cantidad de heridos de perdigones y hasta de bala, además con fuertes contusiones producto de golpes, rociados varios tipos de gases que pueden ocasionar problemas respiratorios graves, entre otro tipo de problemas.

Sin embargo, el punto cumbre de la violación a los Derechos Humanos, y principalmente el derecho a la vida, tuvo lugar la noche del jueves 06 de abril, cuando fue confirmada la muerte del estudiante Jairo Ortiz Bustamante, 19 años de edad, estudiante universitario, por disparo de arma de fuego en el corazón, durante una manifestación en el sector Montaña Alta, Municipio Carrizal del estado Miranda. Se presume que el disparo fue accionado por efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana.

Exigencia

Por todo lo antes señalado y lo explicado con detalle en el comunicado, las Organizaciones No Gubernamentales, universidades del país y sociedad civil organizada, exigen al Gobierno venezolano y todas sus autoridades que se avoquen al cumplimiento de sus deberes y garanticen los derechos humanos consagrados en los diferentes pactos que Venezuela ha suscrito y asumido, y que además están contemplados en la Carta Magna, especialmente  respetando el derecho a la vida, el más básico y fundamental.

Prensa Aula Abierta Venezuela

A continuación el texto completo

CARTA ABIERTA A TODA LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL:

 ANTE LAS PRACTICAS DE CRIMINALIZACIÓN DE LAS PROTESTAS ESTUDIANTILES EN VENEZUELA URGE EL RESPETO AL DERECHO A LA VIDA Y EL CESE DE LA REPRESION Y DEL USO ABUSIVO DE LA FUERZA PUBLICA POR PARTE DEL GOBIERNO NACIONAL, DEPENDENCIAS REGIONALES Y CUERPOS DE SEGURIDAD

Las organizaciones civiles y universitarias que suscriben la presente carta abierta, manifiestan su profunda preocupación ante los recientes hechos acaecidos en diversas regiones del país, donde se ha evidenciado el uso desproporcionado y abusivo de la fuerza pública violando derechos humanos de los ciudadanos y ciudadanas, tales como el derecho a la vida, integridad física, psíquica y moral, manifestación, libertad de expresión, de tránsito, libertad académica, educación, autonomía universitaria, entre otros.

CONSIDERANDO

Que en el marco de la crisis institucional que atraviesa Venezuela, agravada por los sucesos acaecidos en días pasados relativos a la publicación de las sentencias 155, 156, 157 y 158 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a raíz de lo cual se profundizó la ruptura del hilo constitucional en Venezuela y el quiebre de la democracia; esto, sumado a la grave situación económica que atraviesa la población venezolana, la ineficacia en el ejercicio de las políticas públicas en materia de derechos económicos, sociales y culturales básicos, así como la restricción ilegítima de derechos civiles y políticos a la ciudadanía, ha cimentado un descontento generalizado que se ha materializado en el ejercicio de manifestaciones y protestas generalizadas en varias regiones del país por el deterioro de las condiciones de vida de los venezolanos y el quiebre de la institucionalidad democrática.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos, especialmente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y con la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la vida es inviolable, dada su condición de necesaria para el disfrute y ejercicio de los demás derechos humanos.

CONSIDERANDO

Que los tratados internacionales de derechos humanos, especialmente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconocen como un derecho político consustancial con la vida democrática el de la manifestación pacífica, y de libertad de expresión y de asociación, por lo cual se prohíbe cualquier acción represiva de los cuerpos policiales y de seguridad, así como el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas para enfrentar manifestaciones pacíficas.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas (…)”. De igual forma, el artículo 53 constitucional garantiza que “Toda persona tiene el derecho de reunirse pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos se regirán por la ley”,  y el artículo 55 constitucional dispone en su último aparte que “Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad (…)”.

CONSIDERANDO

Que la autonomía universitaria y la libertad académica están consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos 102 y 109), en los artículos 6, 7, y 9 de la Ley de Universidades, e internacionalmente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 13 y 15) y otros instrumentos internacionales; y que se establece expresamente en el artículo 109 constitucional la inviolabilidad de los recintos universitarios.

CONSIDERANDO

Que en horas de la noche del 06 de abril de 2017 se confirmó la muerte de Jairo Ortiz Bustamante, de 19 años de edad, estudiante universitario, por disparo de arma de fuego en el corazón durante una manifestación en el sector Montaña Alta del Municipio Carrizal del estado Miranda, presuntamente ejecutado por efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana que estaban reprimiendo la protesta. Además, en el suceso resultaron varias personas heridas de gravedad debido a la represión de los funcionarios de la fuerza pública.

CONSIDERANDO

Que estudiantes de más de siete universidades públicas venezolanas, acompañados de organizaciones civiles han expresado su descontento y manifestado su opinión a través de protestas pacíficas contra las Sentencias Nº 155, 156, 157, y 158 dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia por el quebrantamiento del hilo constitucional, del sistema democrático venezolano, la concurrencia de una serie de situaciones graves violatorias de derechos humanos, y el deterioro estructural y sistémico de las condiciones de vida de los ciudadanos y ciudadanas.

CONSIDERANDO

Que los cuerpos de seguridad del Estado han reprimido desproporcionadamente tales manifestaciones estudiantiles universitarias violando protocolos de actuación en materia de control del orden público relativos al uso diferenciado y proporcionado de la fuerza que establece la normativa nacional e internacional.

CONSIDERANDO

La gravedad de los hechos acaecidos el pasado 05 de abril de 2017 en la Universidad de Carabobo, donde efectivos de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y Guardia Nacional Bolivariana (GNB), en uso excesivo de la fuerza pública, reprimieron y accionaron sus armas contra estudiantes que manifestaban en la entrada de la Universidad de Carabobo, en contravención de normas constitucionales y estándares internacionales, principalmente los establecidos en  los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (ONU, 1990) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que prohíben para todos los sujetos políticos y los poderes estatales, la utilización abusiva y desproporcionada o excesiva de la fuerza contra los manifestantes; e irrumpieron además en el recinto universitario violando la autonomía universitaria, libertad académica, el derecho a la educación, derecho a la integridad física, psíquica y moral, entre otros, de los estudiantes de la referida casa de estudios.

CONSIDERANDO

Que hemos corroborado que hay más de 30 estudiantes y personal de la Universidad de Carabobo heridos con disparos de perdigones que fueron hechos a quemarropa, y se ha constatado el uso de armas de fuego en los sucesos del día 05 de abril de 2017 en la referida universidad. Todas estas actuaciones, fuera de orden en cuanto a control de manifestaciones, causaron daños a la integridad humana de los manifestantes y violaron los principios de necesidad, conveniencia, oportunidad, progresividad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, tal y como lo establecen los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (ONU, 1990).

CONSIDERANDO

Que existen antecedentes graves en Venezuela sobre el uso indiscriminado de la fuerza pública, la conducta represiva y desproporcionada por parte de los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) contra manifestantes, especialmente contra estudiantes, lo cual ha sido advertido con gran preocupación por parte de distintos órganos internacionales de derechos humanos, tanto del Sistema de Naciones Unidas como del Sistema Interamericano, en reiteradas oportunidades, especialmente a partir de las protestas de los años 2013 y  2014.

CONSIDERANDO

La consumación de situaciones de agresiones muy graves contra estudiantes universitarios, como la de Frederick Pinto, estudiante de música de la Fundación Orquesta Sinfónica Juvenil de Chacao en la ciudad de Caracas, y estudiante de Administración de Empresas de la Universidad Central de Venezuela, quien fuera detenido por varias horas y violentamente golpeado por al menos media docena de funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) el día 04 de abril de 2017.

CONSIDERANDO

Que en la Universidad Católica del Táchira (UCAT) y la Universidad Experimental del Táchira (UNET) se han registrado más de veinte estudiantes heridos con distintos niveles de gravedad, por parte de los cuerpos policiales que reprimieron fuertemente la protesta estudiantil los días recientes.  Y en el caso del estado Mérida preocupa mucho la actuación de grupos paramilitares que actúan conjuntamente con los cuerpos policiales y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) en la represión y ataque directo a manifestantes, instalaciones universitarias y edificios residenciales.

RESUELVEN

Hacer un llamado enérgico y directo a las autoridades nacionales, regionales y de seguridad para que se avoquen a garantizar los derechos humanos, especialmente el derecho a la vida, integridad física, psíquica y moral, manifestación, libertad de expresión, libertad académica, educación, autonomía universitaria, y todos los demás derechos contenidos tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como en los Tratados Internacionales sobre Derechos Civiles y Políticos.

Instar al Gobierno Nacional a respetar el derecho a manifestar de los ciudadanos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Tratados Internacionales. La criminalización de la protesta no es compatible con los estándares internacionales ni la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Exigir a las autoridades del Poder Público con competencia en la materia el inicio de los procedimientos para la determinación de las responsabilidades a las que hubiere lugar por las distintas violaciones del marco normativo nacional e internacional, al haberse incurrido en prácticas represivas desproporcionadas contra manifestantes y en violaciones de derechos humanos de manifestantes. Urge la actuación independiente y apegada a Derecho del Ministerio Público y del Defensor del Pueblo, especialmente.

Condenar cualquier acto de irrupción por parte de autoridades policiales y/o militares a recintos universitarios, así como cualquier acción que se traduzca en la violación de la autonomía universitaria y libertades académica y de expresión de universitarios (profesores, investigadores, estudiantes).

Condenar las prácticas de criminalización de la protesta estudiantil en los sucesos recientes acaecidos en Venezuela, la práctica de detenciones arbitrarias  y agresiones generalizadas contra manifestantes, así como el irrespeto de sus derechos al debido proceso, a la integridad física, psíquica y moral, a la libre expresión, a la libertad académica, y otros derechos humanos.

Solidarizarnos con todas las víctimas de violación de derechos humanos, especialmente con el estudiantado universitario víctima de la represión.

Exigir que toda acción de órganos militares o policiales frente a grupos de manifestantes respete los derechos humanos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los estándares internacionales, a los fines evitar el uso de la fuerza fuera del marco del respeto a la integridad de las personas, la dignidad humana y los derechos humanos en general.

Exigir la derogación de la Resolución Nº 008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa  de fecha 25/01/2015 sobre Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, así como de toda resolución o acto que atenta contra el propio ordenamiento constitucional venezolano y estándares internacionales en la materia, establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y  los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (ONU, 1990).

Exhortar a los órganos internacionales de derechos humanos a hacer un llamado contundente al Estado venezolano exigiendo el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia del uso de la fuerza pública, de la no criminalización de la protesta, así como de la garantía y respeto de los derechos humanos de los ciudadanos y ciudadanas.

¡EL DERECHO A LA VIDA ES INVIOLABLE!

¡MANIFESTAR NO ES DELITO, ES UN DERECHO DE TODOS LOS CIUDADANOS!

 

  • Aula Abierta Venezuela
  • Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
  • Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia
  • Centro para la Paz y los Derechos Humanos “Padre Luis María Olaso” de la Universidad Central de Venezuela
  • Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía (CODEHCIU)
  • Proyecto “Extensión de Visibilización, Educación y Exigibilidad de los Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias de la Educación, Universidad de Carabobo.
  • Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana
  • Scholars At Risk Network

1 respuesta

  1. 31 julio, 2017

    […] El comunicado completo está disponible aquí. […]

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